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- 131, Se absolvió al diario de la denuncia pero se hicieron observaciones sobre la falta de prolijidad y celo en el periodismo de denuncia. La amonestación fue reconsiderada posteriormente., Diario La Nación
< Back Periodismo de denuncia, ética periodística, derecho a réplica. Previous Next
- 254, Se ilustró una noticia sobre un exorcismo en una comunidad islámica con una imagen de un sacerdote cristiano y un crucifijo, lo que se consideró desinformativo y ofensivo., Publimetro
< Back Noticias religiosas, desinformación, fotografía, uso de imágenes, correspondencia entre texto e imagen. Previous Next
- 39, El reportaje ejerce la libertad de expresión y no contiene expresiones ofensivas ni invade la intimidad de la persona fallecida y su familia., Revista Qué Pasa
< Back Libertad de expresión, investigación histórica, intimidad Previous Next
- 71, El titular de la encuesta induce a error al lector, haciendo creer que representa a todo el país cuando solo abarca una parte de la población de Santiago. No se cumple con el deber de veracidad ni con las pautas éticas sobre encuestas., La Tercera
< Back Encuesta engañosa, titular, deber de veracidad, ética periodística. Previous Next
- 41, No se encontró inducción a engaño sobre la fuente de información ni lesión indebida a la intimidad. Se previene sobre el uso ambiguo del término "testimonio"., Diario Las Últimas Noticias
< Back Ética informativa, fuente de información, intimidad Previous Next
- 171, No se respetó el derecho a la presunción de inocencia al no incluir la versión del acusado., Diario El Llanquihue
< Back Presunción de inocencia, Proceso penal Previous Next
- 40, Se exhorta a los medios a evitar polémicas personales y a enfocarse en temas de interés público., Diario Chañarcillo
< Back Ética periodística, respeto mutuo, interés público Previous Next
- 182, Reitera principios sobre el tratamiento de temas delicados como abusos a menores y delitos sexuales., No aplica
< Back Protección de menores, Delitos sexuales Previous Next
- 67, No existió una intención dolosa por parte del medio denunciado. Siendo el titular analizado un resumen apropiado de algunas preguntas de la entrevista, no corresponde en forma alguna atribuirle a quien la otorga conceptos que no emitió textualmente., Diario El Diario
< Back No hubo intención dolosa, El titular es un resumen apropiado, No entrecomillar declaraciones no textuales Previous Next
- 30, El reportaje sobre un caso de cohecho lesionó la dignidad de la persona acusada, mostró su intimidad sin relevancia informativa y no le dio oportunidad de defenderse., Televisión Nacional de Chile
< Back Periodismo de investigación, denuncia, dignidad de la persona. Previous Next
- 12, El medio cumplió el deber de informar sobre un asunto de interés público. Publicó la rectificación., Revista Qué Pasa
< Back Ética informativa, Interés público, Rectificación. Previous Next
- 256, Un reportaje sobre un grupo que apoya el rechazo al cambio constitucional y sus líderes fue considerado informativo y no incitador de violencia., Canal 13
< Back Violencia, incitación al odio, entrevista, libertad de expresión. Previous Next
- 68, El medio de comunicación que contrata a un periodista o a un productor independiente para que elabore un programa es responsable éticamente de la publicación o edición del programa encomendado, y también de su elaboración. Los principios éticos tienen vigencia no sólo cuando se exterioriza la actividad o cuando ésta se concreta en un resultado dado, sino también, y además, se extienden a todo el proceso de elaboración que fue necesario para confeccionarlo, pues nunca el fin justifica los medios. La responsabilidad subsiste aunque no se divulgue el programa o información, si en el desarrollo de su preparación se han infringido los principios éticos., Televisión Nacional
< Back Responsabilidad del medio por programa no emitido, Principios éticos en todo el proceso de elaboración, Entrevista antiética Previous Next
- 249, La entrevista busca aclarar las acusaciones y se apoya en datos., Radio Provincia de Palena
< Back Honor y honra, entrevista testimonial, denuncia, libertad de expresión Previous Next
- 238, Los hechos se presentaron de manera condicional y no se identificó al denunciado., Correo del Lago
< Back Verdad periodística, menores de edad, derecho a réplica Previous Next
- Resolución xxx
< Back Resolución xxx Resolución N° 266 19 de octubre de 2020 TEMA: Se reciben dos denuncias por posible falta a la ética periodística de Chilevisión por ilustrar una nota con imágenes de hace dos años, referidas a otros asuntos. Temas involucrados: - Veracidad - Integridad y coherencia de la información - Respeto por las personas e instituciones - Honradez - Dignidad de las personas - Imágenes de archivo, uso de Denuncia Francesca Mac-May y Antonella Flores Zúñiga recurren a este Consejo por una falta a la ética por parte de Chilevisión: en su noticiario de la noche del lunes 27 de abril, en una nota relacionada con problemas derivados de la cuarentena, sin autorización suya, se utilizaron imágenes que corresponden a un reportaje emitido hace dos años sobre problemas derivados de alergia alimentaria. En esas fotos aparecen los hijos de la primera denunciante, que son asistentes a la guardería infantil de la que es directora la segunda denunciante. Se exponen momentos reservados de la rutina de los niños. Solicitan sancionar la actuación incorrecta del medio denunciado. Descargos Chilevisión no contestó el requerimiento que le fuera formulado en reiteradas ocasiones a fin de obtener su apreciación del asunto. Considerandos - Que Chilevisión no tuvo la deferencia de hacer llegar su apreciación de los hechos denunciados, por lo cual deberá emitirse esta decisión con los elementos que proporcionaron las denunciantes; - Que de la revisión de las emisiones televisivas aludidas en las denuncias aparece de manifiesto la efectividad de las mismas; esto es, que se utilizó como material ilustrativo de una nota relativa a efectos de la cuarentena, imágenes correspondientes a otro tema, obtenidas y emitidas por el medio dos años atrás, las que, para su reedición posterior, correspondería haberlas identificado como imagen de archivo; - Que, en tales condiciones, como la imagen que ilustra la nota que se denuncia no se corresponde con la realidad del momento, dicha nota carece de la veracidad que le es exigible, a la vez que vulnera la integridad y credibilidad de la información. Por otra parte, el uso de los materiales gráficos que la ilustran denota falta de respeto a la dignidad de los niños y adultos afectados. Por lo tanto, el Consejo resuelve que hay falta a la ética periodística. El medio deberá publicar en su sitio web el extracto de la resolución que se adjunta durante 7 días continuos. Resolución pronunciada por los consejeros María José Lecaros Menéndez (Presidenta), Francisca Alessandri Cohn, Jaime Bellolio Rodríguez, Bernardo Donoso Riveros, Mercedes Ducci Budge, Lamberto Cisternas Rocha, María Elena Gronemeyer Forni, Ricardo Hepp Kuschel y Joaquín Villarino Goldsmith. Actuó como secretaria la Fiscal María Jesús Vial Díaz. La presente resolución tiene un alcance referido exclusivamente a la ética periodística por lo que no busca establecer responsabilidades legales, políticas, administrativas o de otra naturaleza. El Consejo de Ética de los Medios de Comunicación es un ente de autorregulación y de naturaleza privada perteneciente a la Federación de Medios de Comunicación Social de Chile A.G. Las resoluciones dictadas por el Consejo de Ética de los Medios de Comunicación y ejecutoriadas se publicarán en el sitio web www.consejodeetica.cl María Jesús Vial Díaz Fiscal Previous Next
- 404 | Consejo de Ética
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